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martes, 18 de marzo de 2014

CULTURA GENERAL PARA DOCENTES IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA PROGRESAR EN EL MAGISTERIO

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CULTURA GENERAL PARA DOCENTES
IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA PROGRESAR EN EL MAGISTERIO

            Bajo el sistema democrático de los mexicanos la igualdad de oportunidades se establece como  una idea de justicia social que propugna que un sistema es socialmente justo “cuando todas las personas potencialmente iguales” tienen básicamente las mismas posibilidades de acceder al bienestar social y poseen los mismos derechos laborales, políticos y civiles.
                Políticamente  en el artículo  cuarto da visos de la igualdad entre los mexicanos dejando muy en claro que la nación mexicana tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas.
a)      La ley protegerá y promoverá el desarrollo de sus lenguas, culturas, usos, costumbres, recursos y formas especificas de organización social, y
b)      Garantizara a sus integrantes el efectivo acceso a la jurisdicción del estado. En los juicios y procedimientos agrarios en que aquellos sean parte, se tomaran en cuenta sus prácticas y costumbres jurídicas en los términos que establezca la ley.
c)       El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.
                Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.
                Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta constitución.
                Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.
                Es deber de los padres preservar el derecho de los menores a la satisfacción de sus necesidades y a la salud física y mental. La ley determinara los apoyos a la protección de los menores, a cargo de las instituciones públicas.
                Por parte de la ley esta deja muy en claro el concepto de justicia social como igualdad de resultados.

a) Frente a la igualdad económica efectiva, o igualdad de resultados;
 b) Frente a lo que  refleja el sistema educativo en la diferencia y preferencia de ambas opciones.

                La igualdad de oportunidades se expresa en indicadores, que se establecen en una tabla como:
·         Matrices de movilidad social, que contienen las probabilidades condicionadas de que un individuo esté dentro de determinada clase social o grupo laboral en función a la actividad que desempeña y su participación en la sociedad.
                La desigualdad de resultados en igualdad de oportunidades se expresa en indicadores como:
  1. Desigualdad entre los salarios medios de las mujeres en comparación con los de los hombres pese a ser iguales ante la ley, cobrar lo mismo por el mismo trabajo y tener una igual prevalencia respecto a la clase social.
2.       La igualdad de oportunidades y la igualdad de resultados son dos posturas alternativas para organizar de modo justo una sociedad.
o    Ambos conceptos están estrechamente relacionados con los conceptos de libertad negativa y libertad positiva. También existe una correlación en la preferencia por una u otra según el extremo del espectro político (derecha vs. izquierda).
3.       Las consecuencias legales y políticas de esta dicotomía se relacionan con el papel del gobierno.
o    Tradicionalmente se ha pensado que la igualdad de oportunidades se logra mediante la no intervención del gobierno en la distribución (quedando su papel reducido a garantizar la "libertad negativa": libertad de expresión, libertad religiosa, garantías para la propiedad privada, etc.),
o    Mientras que la igualdad de resultados requiere la intervención del gobierno mediante la reacción de programas de bienestar para los diversos estratos sociales.
        De igual forma una vez que se cubre el requisito para formarse e ingresar a una empresa o función nos dice que a ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos.
Ø  El ejercicio de esta libertad solo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial.
Ø  La ley determinara en cada estado cuales son las profesiones que necesitan titulo para su ejercicio, las condiciones que deban llenarse para obtenerlo y las autoridades que han de expedirlo.
Ø  Nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento, salvo el trabajo impuesto como pena por la autoridad judicial, el cual se ajustara a lo dispuesto en las fracciones I y II del artículo 123.
        En cuanto a los servicios públicos, solo podrán ser obligatorios, en los términos que establezcan las leyes respectivas, el de las armas y los jurados, así como el desempeño de los cargos concejiles y los de elección popular, directa o indirecta.
Ø  Las funciones electorales y censales tendrán carácter obligatorio y gratuito, pero serán retribuidas aquellas que se realicen profesionalmente en los términos de esta constitución y las leyes correspondientes.
Ø  Los servicios profesionales de índole social serán obligatorios y retribuidos en los términos de la ley y con las excepciones que esta señale.
        El estado no puede permitir que se lleve a efecto ningún contrato, pacto o convenio que tenga por objeto el menoscabo, la pérdida o el irrevocable sacrificio de la libertad de la persona por cualquier causa.
Ø  Tampoco  puede admitirse convenio en que la persona pacte su proscripción o destierro, o en que renuncie temporal o permanentemente a ejercer determinada profesión, industria o comercio.
Ø  El contrato de trabajo solo obligara a prestar el servicio convenido por el tiempo que fije la ley, sin poder exceder de un año en perjuicio del trabajador, y no podrá extenderse, en ningún caso, a la renuncia, pérdida o menoscabo de cualquiera de los derechos políticos o civiles.
Ø  La falta de cumplimiento de dicho contrato, por lo que respecta al trabajador, solo obligara a este a la correspondiente responsabilidad civil, sin que en ningún caso pueda hacerse coacción sobre su persona.

                La igualdad  de oportunidades es parte de la “política mexicana”  parece en cambio un propósito  más realista, con el que coincide una parte importante del pensamiento liberal mexicano. Pero aún este objetivo más modesto no está exento de dificultades.
Ø  Lo cierto es que la mejor política educativa en lo que se refiere a la igualdad de oportunidades es una mejora en la situación económica”.  Porque:
o   Mientras no reconozcamos las fallas propias del sistema y encaremos reformas de fondo apropiadas, la igualdad de oportunidades no será difícil de lograr, sino imposible.
                Mientras que cada puesto dentro del sistema educativo se pone a concurso y se da preferencia a la persona más conveniente para cada puesto.


BIBLIOGRAFIA
·         http://es.wikipedia.org/wiki/Igualdad_de_oportunidades
·         http://info4.juridicas.unam.mx/juslab/leylab/250/5.htm
·         http://info4.juridicas.unam.mx/juslab/leylab/250/6.htm
·         Politica educativa y valores nacionales. Pablo Latapi Sarre. Editorial Nueva imagen. México 1982
·         http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/fed/9/4.htm
·         http://es.wikipedia.org/wiki/Igualdad
·         cuadernos de discusión 4; Enseñanza, aprendizaje y organización escolar. Richard F. Elmore, Penelope L. Peterson, Sarah J. Mc Cartley. Hacia una politica integral para la formación y el desarrollo profesional de los maestros en educación Básica. SEP. México, marzo del 2003.
·         Las propuestas de Neria Rodríguez Pedagoga Venezolana que se pueden consultar en internet.
·         Desarrollo psicológico. Grace J. Craig, Editorial PHH; Prentice Hall A. Simon& Schuster Company
·         Plan de Estudios 2011. Educacion Básica, SEP, México 2011.
·         PROGRAMAS DE ESTUDIO 2011, GUIA PARA EL MAESTRO; EDUCACION BÁSICA PREESCOLAR, PRIMARIA (PRIMERO GRADO, SEGUNDOGRADO Y TERCER GRADO)
·         LOS GRANDES EDUCADORES MEXICANOS DEL SIGLO XX. VICENTE FUENTES DIAZ, ALBERTO MORALES JIMENES. Editorial Magisterio. México 1993.

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