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Amelia González Rodríguez comparte:
La SEP publica nuevos criterios para evaluar a los alumnos de educación
básica.
Las disposiciones entrarán en vigor mañana sábado 21
de Septiembre de 2013 y dejan sin efecto el acuerdo número 648 publicado en el Diario Oficial el 17 de agosto de 2012, así como el que lo modificó –685–, publicado el 8 de abril de 2013.
Las disposiciones entrarán en vigor mañana sábado 21
de Septiembre de 2013 y dejan sin efecto el acuerdo número 648 publicado en el Diario Oficial el 17 de agosto de 2012, así como el que lo modificó –685–, publicado el 8 de abril de 2013.
Periódico Excélsior.
Con esto se cancela la
cartilla de evaluación con letras y no números que había establecido la
anterior administración, cuando el yerno de Elba Esther Gordillo, fue
subsecretario de educación básica
20/09/2013 13:33 Lilian Hernández
CIUDAD DE MÉXICO, 20 de septiembre.- La Secretaría de Educación
Pública (SEP) dio a conocer el acuerdo que establece las normas
generales para la evaluación, acreditación, promoción y certificación en la
educación básica, con lo cual cancela la cartilla de evaluación con letras y no
números que había establecido la anterior administración, cuando el yerno de
Elba Esther Gordillo, Fernando González fue el subsecretario de educación
básica.
El acuerdo 696 publicado hoy en el Diario Oficial, señala que el diseño
del proceso de evaluación que estará a cargo de la secretaría, erá
aplicable a todas las instituciones educativas públicas y particulares, así
como para la población escolar indígena y migrante.
La evaluación se basará en la valoración del desempeño de los alumnos en
relación con los aprendizajes esperados y con los enfoques didácticos de los
programas de estudio de educación preescolar, primaria y secundaria, tomando en
cuenta las características de diversidad social, lingüística, cultural, física
e intelectual de los alumnos.
Asimismo, la evaluación para el alumno de educación preescolar será
cualitativa, es decir, no se empleará ningún tipo de clasificación o referencia
numérica, el maestro sólo anotará en el Reporte de Evaluación, sus
recomendaciones para que los padres de familia o tutores contribuyan a mejorar
el desempeño de sus hijos.
En el caso de educación primaria y secundaria, el docente asignará a cada
estudiante, una calificación en una escala de cinco a 10, además hará un
informe de cada alumno que necesiten apoyo fuera del horario escolar, con el
fin de que la escuela y la familia, realicen las acciones necesarias que le
permitan al alumno avanzar al nivel de sus compañeros de grupo.
Las
disposiciones que entran en vigor en este ciclo escolar señalan que queda sin
efecto el acuerdo número 648 publicado en el Diario Oficial el 17 de agosto de
2012, así como el que lo modificó, 685, difundido en el citado órgano el 8 de
abril de 2013.
Proceso
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Publica la SEP criterios para evaluar a estudiantes de educación básica
MÉXICO, D.F. (apro).- La Secretaría de Educación Pública (SEP) emitió el
acuerdo de Evaluación, Acreditación, Promoción y Certificación en la Educación
Básica que, entre otros puntos, permite que la educación preescolar se acredite
por el sólo hecho de cursarla y que los alumnos de primaria no puedan reprobar
un ciclo escolar más de una vez.
La evaluación para el alumno de educación preescolar será cualitativa, es
decir, que no se empleará ningún tipo de clasificación o referencia numérica.
El maestro sólo anotará en el Reporte de Evaluación sus recomendaciones para
que los padres de familia o tutores contribuyan a mejorar el desempeño de sus
hijos.
En primaria, la calificación mínima para aprobar, a partir del segundo año,
seguirá siendo seis. Los niños de primer grado no serán calificados con
números, y todos, sin excepción, pasarán a segundo “por el sólo hecho de
haberlo cursado”, señala el acuerdo publicado hoy en el Diario Oficial de la
Federación.
A partir del segundo año, los alumnos podrán pasar al siguiente grado
siempre que obtengan un promedio final de seis en el grado que cursen, “aun si
no acredita el total de asignaturas”.
Y si el alumno no se encuentra en ese supuesto podrá ser promovido al grado
siguiente, si el docente así lo decide. En este caso la promoción quedará
condicionada a la suscripción de los padres o tutores de los compromisos
necesarios para brindar apoyo al menor.
Si se determina que el alumno no está apto para cursar el siguiente grado,
deberá repetir el que no aprobó, pero, según el acuerdo, el docente no podrá
reprobar dos veces a un alumno.
“La determinación de no promover a un alumno podrá adoptarse por el docente
por una sola vez durante el segundo periodo de la educación básica. Esto
implica que un alumno retenido en segundo grado ya no podrá ser retenido en
tercer grado. De igual forma, un alumno no podrá ser retenido en segundo o en
tercer grado por más de una ocasión”, puntualiza el documento.
El criterio de promoción de primaria a secundaria es ambiguo. Según el
acuerdo, el alumno será promovido a la secundaria cuando acredite el sexto
grado de primaria o acredite una evaluación general de conocimientos en los
términos establecidos en las normas de control escolar aplicables.
El promedio mínimo de seis para pasar de año se mantiene en la secundaria,
y el alumno podrá pasar al siguiente ciclo escolar cuando al concluir los
primeros 15 días hábiles del inicio del siguiente ciclo tenga un máximo de tres
materias no acreditadas o “acredite en la institución educativa una evaluación
general de conocimientos del grado o grados de la educación secundaria en los
que conserve asignaturas no acreditadas”.
Cuando el alumno repruebe más de cinco o más asignaturas tendrá que repetir
el curso completo. Los que al final del ciclo escolar tengan cuatro materias
reprobadas, podrán realizar exámenes extraordinarios para regularizar su
situación académica.
En el caso de la secundaria, el acuerdo establece que sólo podrán obtener
su certificado de estudios los alumnos que al concluir los tres años de este
nivel educativo tengan un promedio mínimo de seis en todas las asignaturas
establecidas en el plan de estudios.
El acuerdo también considera la posibilidad de que el alumno obtenga su
certificado si acredita una evaluación general de conocimientos del tercer
grado de secundaria y tiene acreditadas todas sus materias de primero y
segundo.
Asimismo, si el alumno aprueba un examen general de tercer grado ante la
instancia evaluadora externa que determine la autoridad educativa competente.
“Este examen podrá presentarse cuantas veces sea necesario hasta su
acreditación e incluso podrá presentarse por educandos que se encuentren en
situación de repetición de grado, a fin de que para el caso de aprobarlo,
tengan la oportunidad de continuar sus estudios en el siguiente nivel
educativo”, establece el acuerdo.
Respecto de las técnicas para mejorar la evaluación de los alumnos, el
documento considera en su artículo 12 una “alerta y estrategias de
intervención”, es decir que durante el segundo bimestre de primaria y
secundaria, el docente deberá registrar en el reporte de evaluación si existen
riesgos de que el alumno no alcance los aprendizajes previstos en el ciclo
escolar o de que no sea promovido al siguiente grado, así como las estrategias
que tendrán que aplicarse para regularizarlo.
Establece, asimismo, que a partir del tercer bimestre, los alumnos de
secundaria que presenten evaluaciones bimestrales no acreditadas podrán
realizar exámenes de recuperación por asignatura con asistencia del maestro que
imparta la materia.
Incluso se prevé que, con autorización del Consejo Técnico o del director
de la escuela, el alumno pueda faltar –temporalmente y en tanto se regulariza
académicamente– a las clases en las que su desempeño académico sea favorable
para que pueda dedicar más tiempo de estudio a las asignaturas no acreditadas.
El acuerdo 696 destaca que las normas para la evaluación, acreditación,
promoción y certificación en la educación básica tienen el fin de ofrecer “una
educación con pertinencia social, lingüística y cultural”, y será aplicable a
todas las instituciones educativas públicas y particulares, así como para la
población escolar indígena y migrante.
Precisa que la evaluación se basará en la valoración del desempeño de los
alumnos en relación con los aprendizajes esperados y con los enfoques
didácticos de los programas de estudio de educación preescolar, primaria y
secundaria, tomando en cuenta las características de diversidad social,
lingüística, cultural, física e intelectual.
Las disposiciones entrarán en vigor el próximo sábado y dejan sin efecto el
acuerdo número 648 publicado en el Diario Oficial el 17 de agosto de 2012, así
como el que lo modificó –685–, publicado el 8 de abril de 2013.
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