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viernes, 26 de julio de 2013

LINEAMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LOS •CONSEJOS TÉCNICOS ESCOLARES

ESTAR ACTUALIZADO CADA DIA
 
 

LINEAMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE  LOS ·CONSEJOS TÉCNICOS ESCOLARES
EDUCACIÓN BÁSICA
PREESCOLAR•PRIMARIA•SECUNDARIA
Secretaría de Educación Pública
Emilio Chuayffet Chemor
Subsecretaría de Educación Básica
Alba Martínez 0/ivé
Dirección General de Desarrollo de la Gestión e Innovación Educativa
Germán Cervantes Aya/a
Dirección General de Materiales e Informática Educativa
Ignacio Villagordoa Mesa
Dirección General de Desarrollo Curricular
Hugo Balbuena Corro
Dirección General de Educación Indígena
Rosa/inda Morales Garza
Dirección General de Formación Continua de Maestros en Servicio
Lino Cárdenas Sandoval
Subsecretaría de Educación Básica
http://basica.sep.gob.mx
El Consejo Técnico
Sus antecedentes se encuentran en los Acuerdos Secretaria/es 96, 97 y 98, por los que se establece la organización y funcionamiento de las escuelas primarias, secundarias técnicas y secundarias, respectivamente, donde se le caracteriza como un órgano de apoyo al director y se le atribuyen tareas educativas, organizativas y administrativas, siendo estas últimas las de mayor peso. Situación que prevalece para la toma de decisiones que poco tienen que ver con la vida académica de la escuela.
 
·         Al inicio del ciclo escolar 2013-2014, es menester restituir a los CTE, además de formalizar su organización y funcionamiento, con el propósito de contar con un órgano colegiado que, en corresponsabilidad con las autoridades educativas federales y estatales, vigile y asegure el cumplimiento de los principios y fines de la educación básica, considerados en la normatividad vigente.
 
El Artículo 3° Constitucional que adiciona, entre otros aspectos:
 
El Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos.
 
En el Transitorio quinto, Fracción III, inciso a), se establece que para el debido cumplimiento, de lo dispuesto por los artículos 3° y 73°, Fracción XXV, es necesario:
 
·         Fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas con el objetivo de mejorar su infraestructura, comprar materiales educativos, resolver problemas de operación básicos y propiciar condiciones de participación para que alumnos, maestros y padres de  familia, bajo el liderazgo del director, se involucren en la resolución de los retos que cada escuela enfrenta.
·          
En congruencia con la Ley General de Educación se señala:
 
        Artículo 22.- Las autoridades educativas, en sus respectivas competencias, revisarán permanentemente las disposiciones, los trámites y procedimientos, con objeto de simplificarlos, de reducir las cargas administrativas de los maestros, de alcanzar más horas efectivas de clase y, en general, de lograr la prestación del servicio educativo con mayor pertinencia, calidad y eficiencia.
 
        Artículo 32.- Las autoridades educativas tomarán medidas tendientes a establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada individuo, una mayor equidad educativa, así como el/ogro de la efectiva igualdad en oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos. Dichas medidas estarán dirigidas, de manera preferente, a los grupos y regiones con mayor rezago educativo o que enfrentan condiciones económicas y sociales de desventaja en términos de lo dispuesto en los artículos 7° y 8° de esta Ley.
 
Por su parte, el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018,
En la Estrategia 3.1.1., del apartado VI.3. México con Educación de Calidad, establece como Líneas de acción, entre otras:
 
        Estimular el desarrollo profesional de los maestros centrado en la escuela y en el aprendizaje de los alumnos, en el marco del Servicio Profesional Docente.
        Robustecer los programas de formación para docentes y directivos.
        Impulsar la capacitación permanente de los docentes para mejorar la comprensión del modelo educativo, las prácticas pedagógicas y el manejo de las tecnologías de la información con fines educativos.
        Mejorar la supervisión escolar, reforzando su capacidad para apoyar, retroalimentar y evaluar el trabajo pedagógico de los docentes.
 
Además, en la Estrategia II. Gobierno Cercano y Moderno, del apartado Enfoque transversal (México con Educación de Calidad), señala como una de sus líneas de acción:
 
Actualizar el marco normativo general que rige la vida de las escuelas de educación básica, con el fin de que las autoridades educativas estatales dispongan de los parámetros necesarios para regular el quehacer de los planteles, y se establezcan con claridad deberes y derechos de los maestros, los padres de familia y los alumnos.
 
 
 
 
 
LA ESCUELA SE CONVIERTE EN EL CENTRO DE LA TAREA EDUCATIVA
 
                Porque es en este espacio donde el colectivo docente a partir del trabajo colegiado, la autoevaluación escolar, la toma de decisiones compartida y el compromiso de mejorar la calidad educativa-, tiene el poder de transformar los centros escolares y generar los aprendizajes pertinentes y relevantes en los estudiantes, con la concurrencia y corresponsabilidad de la Supervisión Escolar y de las autoridades educativas estatales y federales. Por ello se hace necesario dar nueva vida a los Consejos Técnicos Escolares dentro de la misma.
 
 
                Con fundamento en los artículos 3°, de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 38°, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2°, 7°, 8°, 9°, 21 ° y 22°, de la Ley General de Educación; 1°, 4°. y 5°, del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
 
Considerando:
 
  1. Que el Consejo Técnico Escolar (CTE) es la instancia en donde docentes y directivos velarán por hacer cumplir los principios del artículo 3° Constitucional para garantizar un desarrollo integral de los estudiantes a través de una educación de calidad, con base en el mejoramiento constante y el máximo logro académico de los educandos, así como dar seguimiento y evaluar los fines y criterios dispuestos en los artículos y de la Ley General de Educación.
  2. Que dicho órgano es la instancia que de manera inmediata y a partir de sus necesidades y contextos específicos identifica, analiza, atiende, da seguimiento y evalúa situaciones de mejora educativa en beneficio de los estudiantes de su centro escolar a partir de los principios de equidad, pertinencia, relevancia, eficiencia y eficacia.
  3. Que de la misma forma se constituye en un colegiado que a partir de su responsabilidad profesional, de un liderazgo compartido, del trabajo colaborativo, de la toma de decisiones compartidas y de la transparencia y rendición de cuentas se corresponsabiliza del avance educativo de sus estudiantes, procurando así la mejora de la calidad académica de las escuelas.
  4. Que es el medio por el cual se fortalecerá la autonomía de gestión del centro escolar con el propósito de generar los ambientes de aprendizaje más propicios para los estudiantes con el apoyo corresponsable en las tareas educativas de los padres de familia, del Consejo Escolar de Participación Social, de la Asociación de Padres de Familia y de la comunidad en general.
 
LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN BÁSICA,
EMITE LOS LINEAMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS TÉCNICOS ESCOLARES EN LAS ESCUELAS DE EDUCACIÓN BÁSICA
Lineamientos
 
Apartado 1: Disposiciones generales:
 
Artículo 1. Del objeto de los lineamientos. Establecer las características, la organización y las atribuciones generales que regirán el trabajo de los Consejos Técnicos Escolares.
Artículo 2. De la definición del Consejo Técnico Escolar. Es el órgano integrado por el director del plantel y el personal docente, así como por los actores educativos que se encuentran directamente relacionados con los procesos de enseñanza y aprendizaje de los estudiantes de las escuelas de Educación Básica. Está encargado de tomar y ejecutar decisiones comunes enfocadas a que el centro escolar cumpla de manera uniforme y satisfactoria su misión.
En los casos de escuelas indígenas, unitarias y multigrado, los Consejos Técnicos Escolares estarán formados por profesores de diversas escuelas y presididos por el supervisor escolar, o bien, se integrarán a partir de mecanismos que respondan a los contextos específicos del estado o región, de acuerdo con las disposiciones que emita la Autoridad Educativa Estatal (AEE).
 
Apartado 11:
De la organización de los Consejos Técnicos Escolares
 
Artículo 3. De la presidencia. La presidencia de CTE la asume el director de la escuela o el supervisor escolar, según corresponda en cada caso.
 
Artículo 4. De los participantes. En el CTE participan los directores, subdirectores, docentes frente a grupo, maestros de educación especial, de educación física y de otras  especialidades que laboran en el plantel, zona o región, así como aquellos actores educativos directamente relacionados con lo~ procesos de enseñanza y aprendizaje de los estudiantes, según sea el caso, y de acuerdo con las disposiciones que emita la AEE.
 
        Es conveniente que los Consejos Técnicos Escolares establezcan redes de trabajo con el fin de intercambiar experiencias y aumentar las posibilidades de que colegas de otros planteles analicen y valoren, con sentido crítico e informado, los procesos y logros escolares que se expongan en el CTE.
        Asimismo, estas redes facilitarán el trabajo entre maestros de un mismo grado o asignatura. Esta situación será muy favorable para el desarrollo profesional de los maestros.
 
Artículo 6. Del número de reuniones en el ciclo escolar. El número de sesiones del CTE
Comprende dos fases:
        Fase intensiva: se llevará a cabo durante los cinco días previos al inicio del ciclo escolar.
        Fase ordinaria: se llevará a cabo a lo largo del ciclo, de acuerdo con las disposiciones de la autoridad educativa.
        Ambas fases estarán contempladas en el Calendario Escolar vigente.
 
Artículo 7. De la obligatoriedad de la participación. La participación en las sesiones de
CTE es obligatoria para todos los actores referidos en el artículo ~ de los presentes lineamientos y abarca la totalidad del horario escolar oficial. Los trabajadores de la educación deberán cumplir sus obligaciones en este espacio, con base en el Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo.
 
Artículo 8. De los ámbitos de acción. Las acciones y acuerdos generados en el CTE tendrán impacto en:
• Las escuelas de Educación Básica.
• Las aulas.
• La comunidad.
 
Artículo 9. De los procesos que atiende. El CTE deberá centrar su tarea en:
• La gestión de los aprendizajes en el aula.
• La gestión escolar.
• La participación social en favor de los aprendizajes.
 
Artículo 10. De la organización de las sesiones de trabajo. Las sesiones del CTE deben estructurarse y organizarse a lo largo de todo el ciclo escolar para cumplir satisfactoriamente con sus propósitos.
§  Las actividades que se desarrollarán en cada sesión del CTE, deben programarse en función de las prioridades para la mejora educativa a partir del contexto específico y necesidades particulares de cada centro escolar.
§  El CTE tendrá la responsabilidad, con base en sus resultados de autoevaluación, de definir cuál es la temática más propicia a desarrollar bajo los principios de equidad, pertinencia, relevancia, eficiencia y eficacia que lleven al centro escolar a mejorar educativamente.
 
        Con la finalidad de optimizar el tiempo y el empleo de recursos, es importante que el CTE enfoque su trabajo durante todo el ciclo escolar en una línea temática que responda a las Prioridades de Mejora Educativa de su centro escolar: lectura, matemáticas, planificación de clases, atención al rezago escolar, etcétera. Lo anterior, con el objetivo de facilitar el seguimiento de acuerdos y lograr un mayor impacto en la línea seleccionada.
        Las sesiones de CTE podrán ser organizadas por estado, región, zona o escuela, de acuerdo con las disposiciones de la autoridad educativa estatal.
 
Apartado III: Del funcionamiento de los Consejos Técnicos Escolares
 
Artículo 11. De la misión. La misión del CTE es asegurar la eficacia del servicio educativo que se presta en la escuela.
        Esto significa que sus actividades están enfocadas en el logro de aprendizajes de todos los estudiantes de la escuela.
        El Consejo Técnico Escolar debe centrar su esfuerzo en garantizar que los niños y jóvenes que asisten a la escuela ejerzan su derecho a la educación de calidad.
 
Artículo 12. De los objetivos generales del CTE. Con la intención de mejorar la calidad del servicio que ofrecen las escuelas, el CTE tiene como objetivos generales:
 
        Revisar de forma permanente el logro de aprendizajes de los alumnos e identificar los retos que debe superar la escuela para promover su mejora.
        Planear, dar seguimiento y evaluar las acciones de la escuela dirigidas a mejorar el logro de aprendizajes de los alumnos.
        Optimizar el empleo del tiempo y de los materiales educativos (libros de texto, TIC) disponibles dentro y fuera del centro escolar.
        Fomentar el desarrollo profesional de los maestros y directivos de la escuela, en función de las prioridades educativas.
        Fortalecer la autonomía de gestión de la escuela a partir de la identificación, análisis, toma de decisiones y atención de las prioridades educativas del centro escolar y del involucramiento de los padres de familia en el desarrollo educativo de sus hijos.
 
Artículo 13. De sus atribuciones. Es facultad del CTE:
 
        Socializar las normas de Política Educativa y las indicaciones de las AEE respecto de ellas.
        Autoevaluar permanentemente al centro escolar e identificar las áreas de mejora educativa para su atención.
        Establecer metas para los logros académicos, así como los planes y acciones para alcanzarlas y verificar de forma continua su cumplimiento.
        Revisar los avances en el desarrollo de los acuerdos establecidos por el CTE para determinar los cambios o ajustes que se requieran para cumplirlos de manera eficaz.
        Asegurar que se cree y mantenga un ambiente organizado, adecuado para la inclusión y el logro de aprendizajes de los alumnos.
        Establecer modalidades de trabajo que favorezcan el desarrollo profesional de los maestros, los directores y los supervisores dentro de las escuelas. Estas modalidades deben ser comprobables y estar relacionadas de forma directa con la mejora continua del trabajo escolar.
        Desarrollar soluciones colaborativas para los retos que se presenten en la escuela, la zona o la región.
        Gestionar apoyos técnicos profesionales externos para atender las necesidades de la escuela. Estos apoyos deben contribuir de manera oportuna y eficaz a resolver situaciones difíciles y barreras que impidan alcanzar las metas establecidas.
        Vigilar el uso adecuado y eficiente del tiempo escolar y de aula, con el fin de dirigir el mayor lapso al desarrollo de los aprendizajes de los alumnos.
        Promover la relación con otras escuelas de la zona, instituciones, organismos, dependencias y otras instancias que puedan prestar la asistencia y asesoría específica
        que se requiera en el centro escolar.
        Promover el uso sistemático y pertinente de los materiales e implementos educativos disponibles.
        Asegurar que se establezcan relaciones de colaboración y corresponsabilidad con los padres de familia.
 
 
 
 
Artículo 14. De los estilos de trabajo. El CTE promoverá como formas de trabajo básico:
El trabajo colaborativo:
                La responsabilidad del aprendizaje de los estudiantes es compartida por todo el personal docente.
 
·         Sólo la capacidad de colaborar activamente, mediante una distribución adecuada del trabajo,  segura el éxito de la tarea educativa.
a)      Los alumnos no son responsabilidad exclusiva del maestro que está encargado del grupo durante el ciclo escolar actual.
b)      Su formación integral es responsabilidad del conjunto de profesores de la escuela, incluyendo a aquellos que los atienden en horarios específicos, como el docente de Educación Física, el de inglés, el de cómputo o los profesionales de USAER. Los alumnos también son responsabilidad del director.
c)       De ahí la necesidad de unificar criterios, elegir estrategias comunes y coherentes entre sí y establecer políticas de escuela que sean conocidas y compartidas por todos.
 
La observación y el aprendizaje entre pares
 
En la escuela también aprenden los maestros y los directores, aprenden al tener la posibilidad de observar y conversar sobre su quehacer para tomar decisiones conjuntas, al investigar y al asesorarse.
 
Por ello, el CTE es un espacio privilegiado para promover el aprendizaje entre pares.
 
Este aprendizaje profesional da lugar a la creación y recreación de conocimiento que va enriqueciendo las posibilidades de hacer bien la tarea educativa y de lograr los fines establecidos.
 
Artículo 15. De las herramientas de trabajo. El CTE basará su trabajo en los elementos que a continuación se describen.
Planeación
Las actividades que rinden frutos nunca son improvisadas. Saber a dónde se quiere llegar, definir cuál es el camino para hacerlo, determinar el tiempo y los recursos disponibles para alcanzar la meta establecida es imprescindible para que las tareas que se van a desarrollar tengan éxito.
Para el CTE planear tiene dos vertientes.
La primera vertiente se refiere a la necesidad de analizar de forma cuidadosa y consciente el contexto del ámbito escolar, la actividad general de la escuela y los recursos disponibles, a fin de que sean útiles y relevantes para los propósitos establecidos.
En esta planeación se determinará una ruta a seguir a partir del diagnóstico del estado en que se encuentren los asuntos fundamentales de la escuela.
Del mismo modo, la planeación de la primera vertiente seguirá con la determinación de las estrategias a desarrollar, la asesoría, la retroalimentación y la evaluación que sea pertinente; contemplará el uso racional de los recursos disponibles para cumplir la tarea y establecer las alianzas necesarias para lograrlo.
 
a.       La planeación debe aportar a la escuela parámetros objetivos de comparación de resultados de logro de aprendizajes.
 
b.      Cada CTE encontrará, a partir de su saber y experiencia, la manera más adecuada para" cumplir sus metas y desarrollar una planeación práctica y precisa que destierre inercias burocráticas. No se trata de afiliarse a un formato o a una teoría, ni hacer de la planeación una rutina administrativa.
 
La segunda vertiente de la planeación se enfoca al trabajo en las aulas.
 Se trata de asegurar que cada profesor:
                                                         I.            Desarrolle con claridad su programa de estudio; es decir, que sepa, con base en el plan, los programas, libros de texto y materiales educativos a su disposición, tanto los impresos como los electrónicos; qué es lo que sus alumnos deben aprender en un periodo determinado, a partir de su trabajo didáctico y cuáles son los recursos disponibles para que el estudio resulte interesante y placentero.
 
                                                       II.            Asimismo, el profesor deberá establecer cómo se percatará de los avances de los alumnos y de las dificultades que se deben superar. Esta vertiente de la planeación no debe ser rutinaria, por el contrario, debe ser realista e incluir todas las asignaturas del plan de estudios.
 
 
La planeación de la segunda vertiente
§  Debe ser pública. Los padres de familia deben estar enterados de los aprendizajes que son indispensables para que sus hijos continúen satisfactoriamente su formación, de lo que sus hijos van a aprender en un lapso determinado y cómo lo van a aprender; es decir, qué tipo de actividades se les plantearán para que estudien.
§   No es necesario tener formatos con información que se puede leer en los programas, bastará una relación clara, secuenciada y verificable de lo que se va a trabajar con los alumnos.
a.       El director debe cuidar que esta vertiente del plan se cumpla.
·         Cumplirlo significa que los alumnos logren los aprendizajes previstos para cada periodo y, en caso de que tengan dificultades, tomar, a tiempo, las medidas necesarias para remediarlo. Lograr los aprendizajes significa que los estudiantes sepan usarlos, al resolver problemas o situaciones.
 
 
 
Seguimiento
 
a.        Las actividades planeadas, los acuerdos que establezca el CTE deben verificarse cuidadosa y periódicamente hasta alcanzar sus metas. La revisión periódica de los avances permitirá prever necesidades, cambios o demandas de apoyo que tal vez no se contemplaron en el plan original.
o   El CTE deberá prever la construcción o la adaptación de instrumentos que permitan hacer del seguimiento una actividad posible y útil.
o   Disponer, por ejemplo, de listas de cotejo que hagan posible un seguimiento rápido y veraz de acuerdos.
Evaluación
 
                El CTE promueve de manera decidida la autoevaluación de la escuela como el medio más adecuado para que sus integrantes definan sus retos a superar y sus fortalezas, su punto de partida para mejorar, y sus metas para transformar el ambiente escolar, el aprovechamiento del uso del tiempo y el implemento o eliminación de ciertas rutinas.
 
Ø  Si el CTE lo considera necesario, podrá aplicar instrumentos propios de evaluación del aprendizaje, en distintos momentos del ciclo escolar, que permitan tomar decisiones efectivas y oportunas.
 
a.       Los resultados de estas evaluaciones serán la materia prima de las conversaciones entre el colectivo docente.
b.      De ellas se desprenderán decisiones para mejorar.
Ø  El CTE hace de la autoevaluación su propia herramienta de mejora, revisa su proceder, lo acertado de su planeación, comprueba la efectividad de las estrategias elegidas, y en ese camino va aprendiendo acerca de cómo alcanzar, de manera más eficiente, las metas propuestas al utilizar una base de criterios que el mismo CTE defina anticipadamente, basados en la información disponible y la planeación establecida.
El CTE debe hacer un uso pertinente de la información proveniente de las evaluaciones nacionales y de las internacionales.
 
Diálogo
La conversación franca, respetuosa, empática y abierta con los distintos actores del proceso educativo, incluidos los alumnos y los padres, es la principal fuente de conocimiento de los procesos que tienen lugar en la escuela. Saber escuchar es primordial para crear la confianza que permite discutir los problemas propios del contexto escolar y buscar soluciones.
 
Retroalimentación
        Los hallazgos de las evaluaciones, los resultados de las observaciones entre pares o los aprendizajes adquiridos, deben ser devueltos de manera oportuna al colectivo docente.
        Estos resultados serán la materia para el cambio y la innovación.
 
a.       Sobre ellos hay que conversar, indagar y concluir con acciones y nuevas tareas.
b.      Toda la información debe compartirse.
c.       Si no se conoce la situación de los asuntos primordiales del centro escolar, no habrá manera de cambiarla ni de avanzar.
 


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