ESTAR ACTUALIZADO CADA DIA
LINEAMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y EL
FUNCIONAMIENTO DE LOS ·CONSEJOS TÉCNICOS
ESCOLARES
EDUCACIÓN BÁSICA
PREESCOLAR•PRIMARIA•SECUNDARIA
Secretaría
de Educación Pública
Emilio Chuayffet Chemor
Subsecretaría
de Educación Básica
Alba Martínez 0/ivé
Dirección
General de Desarrollo de la Gestión e Innovación Educativa
Germán Cervantes Aya/a
Dirección
General de Materiales e Informática Educativa
Ignacio Villagordoa Mesa
Dirección
General de Desarrollo Curricular
Hugo Balbuena Corro
Dirección
General de Educación Indígena
Rosa/inda Morales Garza
Dirección
General de Formación Continua de Maestros en Servicio
Lino Cárdenas Sandoval
Subsecretaría
de Educación Básica
http://basica.sep.gob.mx
El Consejo Técnico
Sus antecedentes se encuentran en los Acuerdos
Secretaria/es 96, 97 y 98, por los que se establece la organización y funcionamiento
de las escuelas primarias, secundarias técnicas y secundarias, respectivamente,
donde se le caracteriza como un órgano de apoyo al director y se le atribuyen
tareas educativas, organizativas y administrativas, siendo estas últimas las de
mayor peso. Situación que prevalece para la toma de decisiones que poco tienen
que ver con la vida académica de la escuela.
·
Al
inicio del ciclo escolar 2013-2014, es menester restituir a los CTE, además
de formalizar su organización y funcionamiento, con el propósito de contar con
un órgano colegiado que, en corresponsabilidad con las autoridades educativas federales
y estatales, vigile y asegure el cumplimiento de los principios y fines de la educación
básica, considerados en la normatividad vigente.
El Artículo 3° Constitucional que adiciona, entre otros
aspectos:
El Estado garantizará la
calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos
educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad
de los docentes y los
directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos.
En el Transitorio quinto, Fracción III, inciso a), se
establece que para el debido cumplimiento, de lo dispuesto por los artículos 3°
y 73°, Fracción XXV, es necesario:
·
Fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas
con el objetivo de mejorar su infraestructura, comprar materiales educativos,
resolver problemas de operación básicos y propiciar condiciones de
participación para que alumnos, maestros y padres de familia, bajo el liderazgo del director, se
involucren en la resolución de los retos que cada escuela enfrenta.
·
En congruencia con la Ley
General de Educación se señala:
•
Artículo 22.- Las
autoridades educativas, en sus respectivas competencias, revisarán permanentemente
las disposiciones, los trámites y procedimientos, con objeto de simplificarlos,
de reducir las cargas administrativas de los maestros, de alcanzar más horas
efectivas de clase y, en general, de lograr la prestación del servicio
educativo con mayor pertinencia, calidad y eficiencia.
•
Artículo 32.- Las
autoridades educativas tomarán medidas tendientes a establecer condiciones que
permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada individuo, una
mayor equidad educativa, así como el/ogro de la efectiva igualdad en
oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos. Dichas medidas estarán dirigidas, de manera
preferente, a los grupos y regiones con mayor rezago educativo o que enfrentan
condiciones económicas y sociales de desventaja en términos de lo dispuesto en
los artículos 7° y 8° de esta Ley.
Por su parte, el Plan Nacional
de Desarrollo 2013-2018,
En la Estrategia 3.1.1., del
apartado VI.3. México con Educación de Calidad, establece como Líneas de
acción, entre otras:
•
Estimular el desarrollo
profesional de los maestros centrado en la escuela y en el aprendizaje de los
alumnos, en el marco del Servicio Profesional Docente.
•
Robustecer los programas
de formación para docentes y directivos.
•
Impulsar la capacitación
permanente de los docentes para mejorar la comprensión del modelo educativo,
las prácticas pedagógicas y el manejo de las tecnologías de la información con
fines educativos.
•
Mejorar la supervisión
escolar, reforzando su capacidad para apoyar, retroalimentar y evaluar el
trabajo pedagógico de los docentes.
Además, en la Estrategia II. Gobierno Cercano y Moderno, del
apartado Enfoque transversal (México
con Educación de Calidad), señala como una de sus líneas de acción:
Actualizar
el marco normativo general que rige la vida de las escuelas de educación básica,
con el fin de que las autoridades educativas estatales dispongan de los
parámetros necesarios para regular el quehacer de los planteles, y se
establezcan con claridad deberes y derechos de los maestros, los padres de
familia y los alumnos.
LA ESCUELA
SE CONVIERTE EN EL CENTRO DE LA TAREA EDUCATIVA
Porque es en este espacio donde el
colectivo docente a partir del trabajo colegiado, la autoevaluación escolar, la
toma de decisiones compartida y el compromiso de mejorar la calidad educativa-,
tiene el poder de transformar los centros escolares y generar los aprendizajes
pertinentes y relevantes en los estudiantes, con la concurrencia y
corresponsabilidad de la Supervisión Escolar y de las autoridades educativas
estatales y federales. Por ello se hace necesario dar nueva vida a los Consejos
Técnicos Escolares dentro de la misma.
Con fundamento en los artículos
3°, de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos;
38°, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2°, 7°, 8°,
9°, 21 ° y 22°, de la
Ley General de Educación; 1°, 4°. y 5°, del
Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
Considerando:
- Que el Consejo Técnico Escolar (CTE) es
la instancia en donde docentes y directivos velarán por hacer cumplir los
principios del artículo 3° Constitucional para garantizar un desarrollo
integral de los estudiantes a través de una educación de calidad, con base
en el mejoramiento constante y el máximo logro académico de los educandos,
así como dar seguimiento y evaluar los fines y criterios dispuestos en los
artículos 7° y 8° de la Ley General de Educación.
- Que dicho órgano es la instancia que de
manera inmediata y a partir de sus necesidades y contextos específicos
identifica, analiza, atiende, da seguimiento y evalúa situaciones de
mejora educativa en beneficio de los estudiantes de su centro escolar a
partir de los principios de equidad, pertinencia, relevancia, eficiencia y
eficacia.
- Que de la misma forma se constituye en
un colegiado que a partir de su responsabilidad profesional, de un
liderazgo compartido, del trabajo colaborativo, de la toma de decisiones
compartidas y de la transparencia y rendición de cuentas se
corresponsabiliza del avance educativo de sus estudiantes, procurando así
la mejora de la calidad académica de las escuelas.
- Que es el medio por el cual se
fortalecerá la autonomía de gestión del centro escolar con el propósito de
generar los ambientes de aprendizaje más propicios para los estudiantes
con el apoyo corresponsable en las tareas educativas de los padres de
familia, del Consejo Escolar de Participación Social, de la Asociación de
Padres de Familia y de la comunidad en general.
LA
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN
BÁSICA,
EMITE LOS
LINEAMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS TÉCNICOS ESCOLARES
EN LAS ESCUELAS DE EDUCACIÓN BÁSICA
Lineamientos
Apartado 1:
Disposiciones generales:
Artículo 1. Del objeto de los
lineamientos. Establecer las características, la organización y las
atribuciones generales que regirán el trabajo de los Consejos Técnicos
Escolares.
Artículo 2. De la definición
del Consejo Técnico Escolar. Es el órgano integrado por el director del plantel
y el personal docente, así como por los actores educativos que se encuentran
directamente relacionados con los procesos de enseñanza y aprendizaje de los
estudiantes de las escuelas de Educación Básica. Está encargado de tomar y
ejecutar decisiones comunes enfocadas a que el centro escolar cumpla de manera
uniforme y satisfactoria su misión.
En los casos de escuelas
indígenas, unitarias y multigrado, los Consejos Técnicos Escolares estarán
formados por profesores de diversas escuelas y presididos por el supervisor escolar,
o bien, se integrarán a partir de mecanismos que respondan a los contextos
específicos del estado o región, de acuerdo con las disposiciones que emita la
Autoridad Educativa Estatal (AEE).
Apartado 11:
De la organización de los
Consejos Técnicos Escolares
Artículo 3. De la presidencia.
La presidencia de CTE la asume el director de la escuela o el supervisor
escolar, según corresponda en cada caso.
Artículo 4. De los
participantes. En el CTE participan los directores, subdirectores, docentes frente
a grupo, maestros de educación especial, de educación física y de otras especialidades que laboran en el plantel, zona
o región, así como aquellos actores educativos directamente relacionados con lo~ procesos de enseñanza y aprendizaje de los
estudiantes, según sea el caso, y de acuerdo con las disposiciones que emita la
AEE.
•
Es conveniente que los Consejos Técnicos Escolares
establezcan redes de trabajo con el fin de intercambiar experiencias y aumentar
las posibilidades de que colegas de otros planteles analicen y valoren, con
sentido crítico e informado, los procesos y logros escolares que se expongan en
el CTE.
•
Asimismo, estas redes facilitarán el trabajo entre
maestros de un mismo grado o asignatura. Esta situación será muy favorable para
el desarrollo profesional de los maestros.
Artículo 6. Del número de
reuniones en el ciclo escolar. El número de sesiones del CTE
Comprende dos fases:
•
Fase intensiva: se llevará a cabo durante los cinco
días previos al inicio del ciclo escolar.
•
Fase ordinaria: se llevará a cabo a lo largo del
ciclo, de acuerdo con las disposiciones de la autoridad educativa.
•
Ambas fases estarán contempladas en el Calendario
Escolar vigente.
Artículo 7. De la obligatoriedad
de la participación. La participación en las sesiones de
CTE es obligatoria para todos
los actores referidos en el artículo ~ de los
presentes lineamientos y abarca la
totalidad del horario escolar oficial. Los trabajadores de la educación deberán
cumplir sus obligaciones en este espacio, con base en el Reglamento de las
Condiciones Generales de Trabajo.
Artículo 8. De los ámbitos de
acción. Las acciones y acuerdos
generados en el CTE tendrán impacto en:
• Las escuelas de Educación
Básica.
• Las aulas.
• La comunidad.
Artículo 9. De los procesos
que atiende. El CTE deberá centrar su tarea en:
• La gestión de los
aprendizajes en el aula.
• La gestión escolar.
• La participación social en
favor de los aprendizajes.
Artículo 10. De la
organización de las sesiones de trabajo. Las sesiones del CTE deben
estructurarse y organizarse a lo largo de todo el ciclo escolar para cumplir
satisfactoriamente con sus propósitos.
§ Las
actividades que se desarrollarán en cada sesión del CTE, deben programarse
en función de las prioridades para la mejora educativa a partir del contexto específico
y necesidades particulares de cada centro escolar.
§ El CTE tendrá
la responsabilidad, con base en sus resultados de autoevaluación, de definir cuál
es la temática más propicia a desarrollar bajo los principios de equidad,
pertinencia, relevancia, eficiencia y eficacia que lleven al centro escolar a
mejorar educativamente.
•
Con la finalidad de optimizar el tiempo y el empleo
de recursos, es importante que el CTE enfoque su trabajo durante todo el ciclo escolar en una línea temática
que responda a las Prioridades de Mejora Educativa de su centro escolar:
lectura, matemáticas, planificación de clases, atención al rezago escolar,
etcétera. Lo anterior, con el objetivo de facilitar el seguimiento de acuerdos
y lograr un mayor impacto en la línea seleccionada.
•
Las sesiones de CTE podrán ser organizadas por
estado, región, zona o escuela, de acuerdo con las disposiciones de la
autoridad educativa estatal.
Apartado III: Del
funcionamiento de los Consejos Técnicos Escolares
Artículo 11. De la misión. La
misión del CTE es asegurar
la eficacia del servicio educativo que se presta en la escuela.
•
Esto significa que sus actividades están enfocadas
en el logro de aprendizajes de todos los estudiantes de la escuela.
•
El Consejo Técnico Escolar debe centrar su esfuerzo
en garantizar que los niños y jóvenes que asisten a la escuela ejerzan su
derecho a la educación de calidad.
Artículo 12. De los objetivos
generales del CTE. Con la
intención de mejorar la calidad del servicio que ofrecen las escuelas, el CTE tiene como
objetivos generales:
•
Revisar de forma permanente el logro de
aprendizajes de los alumnos e identificar los retos que debe superar la escuela
para promover su mejora.
•
Planear, dar seguimiento y evaluar las acciones de
la escuela dirigidas a mejorar el logro de aprendizajes de los alumnos.
•
Optimizar el empleo del tiempo y de los materiales
educativos (libros de texto, TIC) disponibles
dentro y fuera del centro escolar.
•
Fomentar el desarrollo profesional de los maestros y directivos
de la escuela, en función de las prioridades educativas.
•
Fortalecer la autonomía de gestión de la escuela a
partir de la identificación, análisis, toma de decisiones y atención de las
prioridades educativas del centro escolar y del involucramiento de los padres
de familia en el desarrollo educativo de sus hijos.
Artículo 13.
De sus atribuciones. Es facultad del CTE:
•
Socializar las normas de Política Educativa y las
indicaciones de las AEE respecto de ellas.
•
Autoevaluar permanentemente al centro escolar e
identificar las áreas de mejora educativa para su atención.
•
Establecer metas para los logros académicos, así
como los planes y acciones para alcanzarlas y verificar de forma continua su
cumplimiento.
•
Revisar los avances en el desarrollo de los
acuerdos establecidos por el CTE para determinar los cambios o ajustes que se
requieran para cumplirlos de manera eficaz.
•
Asegurar que se cree y mantenga un ambiente
organizado, adecuado para la inclusión y el logro de aprendizajes de los
alumnos.
•
Establecer modalidades de trabajo que favorezcan el
desarrollo profesional de los maestros, los directores y los supervisores
dentro de las escuelas. Estas modalidades deben ser comprobables y estar
relacionadas de forma directa con la mejora continua del trabajo escolar.
•
Desarrollar soluciones colaborativas para los retos
que se presenten en la escuela, la zona o la región.
•
Gestionar apoyos técnicos profesionales externos
para atender las necesidades de la escuela. Estos apoyos deben contribuir de
manera oportuna y eficaz a resolver situaciones difíciles y barreras que
impidan alcanzar las metas establecidas.
•
Vigilar el uso adecuado y eficiente del tiempo
escolar y de aula, con el fin de dirigir el mayor lapso al desarrollo de los
aprendizajes de los alumnos.
•
Promover la relación con otras escuelas de la zona,
instituciones, organismos, dependencias y otras instancias que puedan prestar
la asistencia y asesoría específica
•
que se requiera en el centro escolar.
•
Promover el uso sistemático y pertinente de los
materiales e implementos educativos disponibles.
•
Asegurar que se establezcan relaciones de
colaboración y corresponsabilidad con los padres de familia.
Artículo 14. De los estilos de trabajo. El CTE promoverá
como formas de trabajo básico:
• El trabajo colaborativo:
La
responsabilidad del aprendizaje de los estudiantes es compartida por todo el
personal docente.
·
Sólo la capacidad de colaborar activamente,
mediante una distribución adecuada del trabajo, segura el éxito de la tarea educativa.
a)
Los alumnos no son responsabilidad exclusiva del
maestro que está encargado del grupo durante el ciclo escolar actual.
b)
Su formación integral es responsabilidad del
conjunto de profesores de la escuela, incluyendo a aquellos que los atienden en
horarios específicos, como el docente de Educación Física, el de inglés, el de
cómputo o los profesionales de USAER. Los alumnos también son responsabilidad
del director.
c)
De ahí la necesidad de unificar criterios, elegir
estrategias comunes y coherentes entre sí y establecer políticas de escuela que
sean conocidas y compartidas por todos.
• La observación y el
aprendizaje entre pares
En la escuela también aprenden
los maestros y los directores, aprenden al tener la posibilidad de observar y
conversar sobre su quehacer para tomar decisiones conjuntas, al investigar y al
asesorarse.
Por ello, el CTE es un espacio
privilegiado para promover el aprendizaje entre pares.
Este aprendizaje profesional
da lugar a la creación y recreación de conocimiento que va enriqueciendo las
posibilidades de hacer bien la tarea educativa y de lograr los fines establecidos.
Artículo 15. De las
herramientas de trabajo. El CTE basará su trabajo en los elementos que a
continuación se describen.
• Planeación
Las actividades que rinden
frutos nunca son improvisadas. Saber a dónde se quiere llegar, definir cuál es
el camino para hacerlo, determinar el tiempo y los recursos disponibles para
alcanzar la meta establecida es imprescindible para que las tareas que se van a
desarrollar tengan éxito.
Para el CTE planear tiene dos
vertientes.
La primera vertiente se refiere
a la necesidad de analizar de forma cuidadosa y consciente el contexto del
ámbito escolar, la actividad general de la escuela y los recursos disponibles,
a fin de que sean útiles y relevantes para los propósitos establecidos.
En esta planeación se
determinará una ruta a seguir a partir del diagnóstico del estado en que se encuentren
los asuntos fundamentales de la escuela.
Del mismo modo, la planeación
de la primera vertiente seguirá con la determinación de las estrategias a
desarrollar, la asesoría, la retroalimentación y la evaluación que sea pertinente;
contemplará el uso racional de los recursos disponibles para cumplir la tarea y
establecer las alianzas necesarias para lograrlo.
a.
La planeación debe aportar a la escuela parámetros
objetivos de comparación de resultados de logro de aprendizajes.
b.
Cada CTE encontrará, a partir de su saber y
experiencia, la manera más adecuada para" cumplir sus metas y desarrollar
una planeación práctica y precisa que destierre inercias burocráticas. No se
trata de afiliarse a un formato o a una teoría, ni hacer de la planeación una
rutina administrativa.
La segunda vertiente de la
planeación se enfoca al trabajo en las aulas.
Se trata de asegurar que cada profesor:
I.
Desarrolle con claridad su programa de estudio; es
decir, que sepa, con base en el plan, los programas, libros de texto y
materiales educativos a su disposición, tanto los impresos como los
electrónicos; qué es lo que sus alumnos deben aprender en un periodo
determinado, a partir de su trabajo didáctico y cuáles son los recursos
disponibles para que el estudio resulte interesante y placentero.
II.
Asimismo, el profesor deberá establecer cómo se
percatará de los avances de los alumnos y de las dificultades que se deben
superar. Esta vertiente de la planeación no debe ser rutinaria, por el
contrario, debe ser realista e incluir todas las asignaturas del plan de estudios.
La planeación de la segunda
vertiente
§ Debe ser
pública. Los padres de familia deben estar enterados de los aprendizajes que
son indispensables para que sus hijos continúen satisfactoriamente su
formación, de lo que sus hijos van a aprender en un lapso determinado y cómo lo
van a aprender; es decir, qué tipo de actividades se les plantearán para que
estudien.
§ No es necesario tener formatos con información
que se puede leer en los programas, bastará una relación clara, secuenciada y
verificable de lo que se va a trabajar con los alumnos.
a.
El director debe cuidar que esta vertiente del plan
se cumpla.
·
Cumplirlo significa que los alumnos logren los aprendizajes
previstos para cada periodo y, en caso de que tengan dificultades, tomar, a
tiempo, las medidas necesarias para remediarlo. Lograr los aprendizajes significa
que los estudiantes sepan usarlos, al resolver problemas o situaciones.
• Seguimiento
a.
Las
actividades planeadas, los acuerdos que establezca el CTE deben verificarse
cuidadosa y periódicamente hasta alcanzar sus metas. La revisión periódica de
los avances permitirá prever necesidades, cambios o demandas de apoyo que tal
vez no se contemplaron en el plan original.
o El CTE deberá
prever la construcción o la adaptación de instrumentos que permitan hacer del
seguimiento una actividad posible y útil.
o Disponer,
por ejemplo, de listas de cotejo que hagan posible un seguimiento rápido y
veraz de acuerdos.
Evaluación
El CTE promueve de manera decidida la autoevaluación
de la escuela como el medio más adecuado para que sus integrantes definan sus
retos a superar y sus fortalezas, su punto de partida para mejorar, y sus metas
para transformar el ambiente escolar, el aprovechamiento del uso del tiempo y
el implemento o eliminación de ciertas rutinas.
Ø Si el CTE lo
considera necesario, podrá aplicar instrumentos propios de evaluación del aprendizaje,
en distintos momentos del ciclo escolar, que permitan tomar decisiones efectivas
y oportunas.
a.
Los resultados de estas evaluaciones serán la
materia prima de las conversaciones entre el colectivo docente.
b.
De ellas se desprenderán decisiones para mejorar.
Ø El CTE hace
de la autoevaluación su propia herramienta de mejora, revisa su proceder, lo
acertado de su planeación, comprueba la efectividad de las estrategias
elegidas, y en ese
camino va aprendiendo acerca de cómo alcanzar, de manera más eficiente, las
metas propuestas al utilizar una base de criterios que el mismo CTE defina
anticipadamente, basados en la información disponible y la planeación
establecida.
El CTE debe hacer un uso
pertinente de la información proveniente de las evaluaciones nacionales y de las
internacionales.
Diálogo
La conversación franca,
respetuosa, empática y abierta con
los distintos actores del proceso educativo, incluidos los alumnos y los
padres, es la principal fuente de conocimiento de los procesos que tienen lugar
en la escuela. Saber escuchar es primordial para crear la confianza que permite
discutir los problemas propios del contexto escolar y buscar soluciones.
Retroalimentación
•
Los hallazgos de las evaluaciones, los resultados
de las observaciones entre pares o los aprendizajes adquiridos, deben ser
devueltos de manera oportuna al colectivo docente.
•
Estos resultados serán la materia para el cambio y
la innovación.
a.
Sobre ellos hay que conversar, indagar y concluir con
acciones y nuevas
tareas.
b.
Toda la información debe compartirse.
c.
Si no se conoce la situación de los asuntos
primordiales del centro escolar, no habrá manera de cambiarla ni de avanzar.
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