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lunes, 22 de abril de 2013

EL UNIVERSAL

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EL UNIVERSAL
El jueves 18 de abril de 2013
Nurit  Martínez, Francisco Nieto
Definen las reglas de evaluación, modifican la ley general de educación, Crean el INEE independiente  y establecen el servicio profesional docente.
Servicio profesional docente: indica que:
·         Los docentes desde preescolar a bachillerato  habrán de presentar cuatro tipos de evaluaciones.
1.       Dos de carácter obligatorio.
§  Ingreso
§  Permanencia
2.       Dos para cuando quieran:
§  Promoverse u obtener un reconocimiento
§  Obtener un estimulo salarial.
·         Impone las siguientes restricciones:
1.       Se sancionara la venta de plazas
2.       Se sancionara a los docentes faltistas
3.       Se establece la restricción para solicitar cambio de escuela durante el periodo escolar; y en caso de no haber autorización se puede perder la plaza.
·         Se establece el anteproyecto de la ley general del servicio profesional docente que habrá de sustituir a carrera magisterial.(la cual iniciara el 31 de mayo de 2015)
1.       Sin afectar durante la transición a los beneficios adquiridos por los docentes.
2.       Este tipo de evaluación tiene el propósito de que las autoridades educativas promueva, respete, proteja y garantice el derecho de los niños y jóvenes a recibir una educación de calidad.
3.       El anteproyecto  de ley que presentara la SEP funcionara como filtro para determinar el ingreso de los maestros a los cuatro niveles (preescolar, primaria, secundaria y bachillerato) a través de un concurso de plazas para elegir solo  los idóneos.
§  Los elegidos para una plaza tendrán un nombramiento inicial por tres años
§  Presentaran un examen anual
§  Después de este periodo podrán aspirar a la plaza definitiva
4.       Debe quedar muy en claro que en caso de que prevalezca el resultado de insuficiencia en los exámenes que presenta el maestro, este será removido; sin que los años laborados impliquen una responsabilidad para la autoridad educativa.
Es importante recalcar que:
·         La ley determinara lo conducente con quienes obtengan la plaza por otros criterios; entre ellos lo que comúnmente se conoce como compra venta de plazas.
·         Ninguna contraprestación de servicios que no se establezca de acuerdo a la ley será aceptable y valida y una violación implica ser acreedor a las sanciones correspondientes, conforme a la ley.
 
Para el caso de los maestros en servicio:
a)      la evaluación para lograr su permanencia será cada 4 años
b)      en caso de que prevalezca la calificación de insuficiente tendrá dos oportunidades mas para superar su calificación en un máximo de 2 años.
c)       En caso de no haber mejora serán separados de su puesto.
·         El Instituto Nacional de Evaluación Educativa, la SEP y las instituciones escolares serán los responsables de elaborar y de aplicar los instrumentos, asignación de plazas, definir requisitos y perfiles mínimos de los maestros a contratar, promover, asignar reconocimientos o ampliar su permanencia.
·         La SEP puede demandar a los estados y sus dependencias educativas que las plazas de profesores, directores, asistentes técnicos y supervisores se sometan a concurso.
 
LA LEY DE SERVICIO DOCENTE:
Propósitos:
a)      Asegurar el nivel suficiente de desempeño.
b)      Garantizar la formación continua del personal.
c)       Mejorar la práctica profesional mediante la evaluación permanente e interna en las escuelas
d)      Asegurar la calidad de la educación
e)      Asegurar el cumplimiento de sus fines.
 
 
EVALUACION PARA LA PROMOCION PARA QUIENES ASPIRAN CARGOS DE DIRECCION Y SUPERVISION:
·         Emitirán convocatorias anuales.
·         Los que tengan mejor desempeño obtendrán un nombramiento de carácter inicial.
a)      Serán incorporados a un programa de dos años de duración, para cursar programas de desarrollo de liderazgo
b)      En caso de aprobar la evaluación correspondiente obtendrá un nombramiento definitivo.
c)       En caso de obtener insuficiente o incumplimiento en los cursos el docente volverá a su plaza inicial.
d)      En caso de bachillerato el procedimiento será similar; además que se conformara en función al desempeño de los directivos y el periodo que marque cada sistema de bachillerato.
 
EVALUACION PARA RECONOCIMIENTOS
·         Temporales será cada tres años
·         Será para quienes participan en proyectos de tutoría o especiales.
 
 
ESTIMULOS
Para acceder a estímulos temporales o permanentes:
1.       Será otra forma de promoción
2.       La evaluación voluntaria e individual beneficiara a quienes destaquen en:
a.        las evaluaciones de desempeño.
b.      A quienes se sometan a evaluaciones adicionales
3.       Los beneficios de este rubro serán cada cuatro años.
4.       El maestro podrá ascender cada cuatro años a niveles superiores.
 
CAMBIOS DE PLAZA O ADSCRIPCION
·         Deben contar con la autorización correspondiente.
·         Cualquier cambio no autorizado puede ocasionar la separación de la plaza
 
CAUSAS DE SEPARACIÓN DEL SERVICIO
·         Un cambio de adscripción no autorizado debidamente
·         La no asistencia a laborar durante tres días consecutivos, o
·         La no asistencia a laborar durante tres días  discontinuos en un periodo e treinta días naturales, sin causa de justificación.
The corzo
 
BIBLIOGRAFIA
http://www.eluniversal.com.mx/notas/917498.html

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