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lunes, 7 de agosto de 2017

MEDIOS DE PRUEBA. CONCEPTO COMO INSTRUMENTO DE PRUEBA

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MEDIOS DE PRUEBA. CONCEPTO COMO INSTRUMENTO DE PRUEBA.
Un abogado penalista va manejando en la carretera y de repente ve un armadillo, a media carretera deshidratado, se detiene y le da un poco de agua y lo sube a la cajuela y se lo lleva pensando en un futuro ADOBO de armadillo.
Más adelante lo detienen en un puesto de revisión de rutina. Entonces el oficial abre el maletero y halla el armadillo y dice: 
Esta Ud. en graves problemas; está prohibido traficar y transportar animales silvestres.
El abogado contesta: No oficial esta Ud. en un error, se trata de un animal doméstico, lo tengo desde nacimiento; se lo puedo demostrar, siempre le silbo y viene a mí. 
Está bien dice el oficial vamos a ver, tomando el animal y depositándolo en el piso. Inmediatamente el animalito se interna en el monte perdiéndose entre la maleza. Ahora si amigo:
Demuéstreme silbando que el armadillo es en realidad su mascota y yo lo dejo continuar su viaje.
A lo que el penalista le responde…..
¿Cuál armadillo?
MORALEJA:
En el Derecho Procesal queda establecido que los MEDIOS DE PRUEBA son aquellos instrumentos que sirven para poder demostrar la veracidad de los hechos mediante su reconstrucción verídica a fin de poder generar válidamente la certeza de los hechos controvertidos en el proceso, sobre la base del reconocimiento judicial que realiza el Juez a través de su objetividad y racionalidad así como de su razonabilidad.
                La utilización de los medios de prueba de cargo que permita el resultado de su desahogo de forma pertinente para nulificar la presunción de inocencia como estándar de prueba se configura como un derecho fundamental ya que la fracción V del apartado A, del artículo 20 de nuestra constitución, dispone que:
La carga de la prueba para demostrar la culpabilidad corresponde a la parte acusadora.

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