calidad de los articulos

martes, 14 de julio de 2015

EL CABILDO EDUCATIVO

ESTAR ACTUALIZADO CADA DÍA

EL CABILDO EDUCATIVO
El cabildo se reconoce como un órgano de gobierno identificado en un concepto jurídico; su objetivo es el desarrollo integral y equilibrado que permita a los habitantes de un municipio o delegación gozar de una mejor forma de vida.
El cabildo se integra por un cuerpo colegiado de reconocida reputación, amor y respeto a su país y a su profesión. Mismo que está dispuesto a tomar decisiones y asumir las resultados de las mismas en relación a programas, presupuestos, proyectos egresos, bandos jurídicos; etcétera.
Una de las funciones de los líderes sindicales es integrarse al cabildo educativo que aunque no ostente este nombre; al trabajar con la SEP, el sindicato de maestros, y el INEE; desarrolla las siguientes funciones:
1.       Crear, aprobar, difundir y vigilar el cumplimiento del bando de gobierno, circulares disposiciones administrativas, reglamentos, prestación de servicios; seguridad de las personas  y sus  bienes.
2.       Proponer en la legislatura del Estado las iniciativas de ley correspondientes a la ley de ingresos de los servidores públicos docentes.
3.       Llevar los registros correspondientes de los servidores públicos docentes entre los que se incluyan los presupuestos de ingresos, egresos en base a lo que corresponde en la legislatura del estado.
4.       Participar en el establecimiento del presupuesto anual de ingresos y egresos con base a la ley que apruebe la legislatura vigente.
5.       Vigilar el desarrollo de los planes educativos nacionales en el ámbito municipal, estatal o nacional.
6.       Aprobar y divulgar programas de estudio alternativos a comunidades de desarrollo urbano que así lo requieran.
7.       Cuidar y administrar el uso de las instituciones educativas con base en los programas de desarrollo educativo establecido para las comunidades y su desarrollo cultural, educativo y formativo; además de otorgar licencias y permisos para el desarrollo de proyectos educativos.
8.       Crear órganos administrativos para la planeación, conservación y prestación de servicios.
9.       Autorizar los nombramientos de los servidores públicos a propuestas caldeadas; por los miembros del cabildo en su totalidad aceptable.
10.   Aprobar la organización y  vigilancia del adecuado funcionamiento del registro de las propuestas y acciones definidas en el cabildeo; con respeto a las leyes laborales propuestas por el estado para la profesión docente.
11.   Celebrar convenios entre los trabajadores y sus empleadores para la organización, ejecución y operación de los proyectos  educativos.
12.   Promover y ejecutar la formacion permanente de docentes y demás trabajadores de la educación; acorde a lo establecido en el cabildo nacional o local.
13.   Auspiciar la participación de todos los trabajadores de la educación docentes, directivos, padres de familia, alumnos y demás miembros de la comunidad que se relacionen en la educación.
14.   Organizar el reclutamiento de nuevos docentes para prestar el servicio educativo.


BIBLIOGRAFIA
https://www.youtube.com/watch?v=LhHPgJW1Vrw
http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/1/325/10.pdf







No hay comentarios: